POLÍTICA INTERNA PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS ARCO

WHIP SOLUTIONS, S.A. DE C.V.

  1.  OBJETIVO

La presente política tiene como finalidad primordial establecer los lineamientos, criterios técnicos y protocolos institucionales para la recepción, gestión y resolución de las solicitudes relacionadas con el ejercicio de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO). Con ello, WHIP SOLUTIONS, S.A. DE C.V. (en adelante, la “Compañía”) garantiza el cumplimiento irrestricto de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento y los lineamientos nacionales e internacionales en materia de privacidad.

  1. MARCO DE APLICACIÓN Y VINCULATORIEDAD

Este protocolo es de carácter estricto y obligatorio para todo el capital humano de la Compañía, incluyendo niveles directivos, operativos y terceros prestadores de servicios (Encargados) que intervengan en el ciclo de vida de los datos personales. El incumplimiento de estas disposiciones será sujeto a las medidas disciplinarias y sanciones legales correspondientes.

  1. CANALES FORMALES DE RECEPCIÓN

La Compañía habilita como canal único y oficial para la gestión de derechos el formato institucional “Solicitud de Derechos ARCO”, disponible de forma permanente en el ecosistema digital de la organización: https://whipsolutions.com.mx.

  1. REQUISITOS DE LEGITIMACIÓN Y VALIDACIÓN DE IDENTIDAD

Para garantizar la seguridad de los activos de información, toda solicitud deberá acreditar fehacientemente la identidad del promovente mediante:

  1. Identificación Oficial: Documento vigente con fotografía.
  2. Facultades de Representación: Instrumento notarial o carta poder en caso de actuar mediante apoderado.
  3. Acreditación del Vínculo Jurídico: Documentación soporte que ratifique la relación previa o vigente con la Compañía (Contratos, CFDI, Expedientes Laborales).
  4. ALCANCE TÉCNICO DE LOS DERECHOS
  • Acceso: Facultad de consultar la base de datos para verificar la integridad y uso de la información personal.
  • Rectificación: Obligación de actualizar registros inexactos o parciales previa comprobación documental.
  • Cancelación (Derecho al Olvido): Cese del tratamiento tras la conclusión del objeto contractual, sujeto a un Periodo de Bloqueo legalmente fundamentado antes de su supresión irreversible.
  • Oposición: Derecho a restringir el tratamiento para fines secundarios o accesorios sin comprometer las obligaciones legales de la Compañía.
  1. PROCEDIMIENTO GESTIÓN DE SOLICITUDES

El proceso administrativo se regirá bajo los siguientes términos y plazos legales:

  1. Validación y Prevención: Tras la recepción, la Compañía dispone de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para requerir información faltante. El Titular tendrá 10 (diez) días hábiles para subsanar, de lo contrario, la solicitud se tendrá por no presentada.
  2. Resolución: La Compañía notificará la determinación adoptada en un plazo máximo de 20 (veinte) días hábiles posteriores a la integración completa del expediente.
  3. Ejecución: De resultar procedente, la acción correspondiente se hará efectiva en los 15 (quince) días hábiles siguientes a la notificación de la respuesta.
  4. Gratuidad: El ejercicio de estos derechos es gratuito, limitándose el cobro únicamente a los gastos justificados de reproducción (copias) o envío, de ser solicitados por el Titular.
  5. LIMITACIONES Y CAUSALES DE NEGATIVA

En términos del Artículo 33 de la LFPDPPP, la Compañía podrá negar el ejercicio de los derechos ARCO cuando:

  • El solicitante no sea el titular o el representante no esté debidamente acreditado.
  • Los datos no se encuentren en posesión de la Compañía.
  • Se lesionen derechos de un tercero.
  • Exista un impedimento legal o una resolución de autoridad competente que restrinja el acceso.
  • La rectificación, cancelación u oposición haya sido previamente realizada.
  1. COSTOS DE REPRODUCCIÓN Y ENVÍO

Conforme al Artículo 34 de la Ley, el ejercicio de los derechos ARCO es gratuito. La Compañía únicamente podrá requerir el pago por costos de envío o gastos de reproducción en copias simples o formatos electrónicos, los cuales no podrán exceder el costo de recuperación de los materiales.

  1. GOBERNANZA Y CONTROL DOCUMENTAL

El Oficial de Privacidad mantendrá una Bitácora de Solicitudes ARCO, la cual deberá contener el folio de recepción, estatus, fecha de resolución y evidencia de la notificación. Este registro constituye el soporte documental de cumplimiento ante las facultades de verificación de la Secretaría de Anticorrupción.

CONTROL DE EMISIÓN

  • Responsable: Oficial de Privacidad / Departamento Jurídico.
  • Última Revisión: 31 de marzo de 2026.
  • Estado: Vigente.

Fecha de la última actualización: 31 de marzo de 2026.

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